A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Eps Y Medicina Prepagada Suramericana Sura Sa·Demandado Superintendencia De Salud
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Subsección A, de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 29 Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que ejerció Sura EPS en contra de la Superintendencia Nacional de Salud, pretendiendo entre otras cosas, la declaratoria de nulidad de las resoluciones mediante las cuales ordenó el reintegro en favor del FOSYGA de unos recursos de la seguridad social de los cuales, a juicio de la entidad demandada, se apropió sin justa causa.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 1165 de 2021 mediante la cual se estableció que, en los términos del artículo 104 del CPACA, corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto en contra los actos administrativos emitidos por la Superintendencia Nacional de Salud, en los que ordena a una EPS el reintegro de dineros al FOSYGA por supuestos pagos indebidos o injustificados del flujo de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Con base en lo anterior se remitió el expediente a la Subsección A, de la Sección Primera, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Subsección A, de la Sección Primera, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 29 Laboral del Circuito de Bogotá, y DECLARAR que la Subsección A, de la Sección Primera, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, es la autoridad competente para conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por Sura EPS, actuando a través de apoderado judicial, en contra de la Superintendencia Nacional de Salud.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1819 a la Subsección A, de la Sección Primera, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 29 Laboral del Circuito de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.